Trascender lo electoral

En medio del debate en el Poder Legislativo, reflexiones sobre la reforma del Sistema Penal Juvenil.

El debate sobre la reforma del Sistema Penal Juvenil vuelve al Congreso argentino. Con varias sesiones llevadas adelante, el ímpetu del oficialismo en torno al tema ha caído enormemente, lo cual indicaría que Cambiemos y sus aliados no cuentan con los votos suficientes para hacer pasar el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo. Un proyecto que plantea bajar la edad de punibilidad a los 15 años, que no prevé topes en las penas para los y las jóvenes de 16 y 17 años y que las equipara con las de los adultos, entre otras aristas muy graves de esta iniciativa encabezada por la Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Germán Garavano.

Por Ignacio Marchini y Camila Parodi

El oficialismo no es la única fuerza política que aboga por esta reforma. El Frente Renovador, con las firmas de Sergio Massa y Graciela Camaño, el salteño  Alfredo Olmedo de Salta Somos Todos, y la Coalición Cívica, con la firma de Elisa Carrió entre otras, son algunos de los proyectos que piden por la baja de edad de punibilidad a los 14 años, incluso menos de lo que prevé el anteproyecto de Cambiemos.

Este debate surge en un contexto electoral, como cada vez que se ha dado esta discusión, desde hace, por lo menos, más de 15 años. Los partidos políticos buscan sacar votos a partir de la demagogia punitivista, es decir, del pedido de recrudecimiento de las medidas represivas contra los sectores más vulnerables, conocido como “mano dura”.
Es cierto que un sector mismo de las clases sociales más relegadas por el Estado, principales víctimas de la criminalidad cotidiana, pide por una mayor presencia policial y punitiva, por lo que el debate en torno a la baja de punibilidad es muy complejo, si bien no hay ningún dato que respalde que bajar la edad de punibilidad de soluciones a este problema.
El asesinato del chico de 14 años Brian Aguinaco a finales de 2016, a manos de un supuesto “Brian J.”, conmovió la opinión pública y reavivó el debate sobre la incidencia de los menores en los delitos graves. Este caso contó con los condimentos de que los dos chicos se llamaban igual y que tenían edades similares, por lo que los medios masivos de comunicación apelaron el morbo para reforzar una perspectiva punitivista y vengativa del caso. Uno de los puntos más graves es que la autoría del crimen nunca fue efectivamente comprobada.
Este chico de 15 años, argentino, fue infundadamente “acusado” de ser peruano, como su padre, que estaba prófugo de la justicia, y su madre, que tenía libertad condicional. La combinación de ser hijo de migrantes, menor y pobre, con un historial familiar criminal, brindaron los elementos perfectos para sacar a relucir las peores facetas del sentido común, como son la xenofobia y la criminalización de pobres y jóvenes. “Brian J.” fue expulsado a Perú a vivir con su abuela, sin siquiera estar procesado.
Usando el asesinato de Brian Aguinaco como excusa, el Ministerio de Justicia llamó a una ronda de consultas sobre la posible reforma a inicios del 2017, usando su plataforma digital Justicia 2020. En ese entonces, la propuesta fue bajar la edad de punibilidad a 14 años. La negativa de los y las especialistas fue rotunda: el 80% se manifestó en contra de bajar la edad de punibilidad por considerarla una medida regresiva en materia de derechos humanos, el mismo posicionamiento que mantienen la mayoría de los y las especialistas en el debate de este año.
Además de violar el principio jurídico de progresividad y no regresividad –según el cual no se pueden aprobar leyes que impliquen un retroceso en materia de derechos o beneficios adquiridos-, el proyecto de reforma del sistema penal juvenil sería incompatible con otras normas jurídicas, como por ejemplo la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, al darle la potestad al juez de darle intervención –o no– a los órganos específicos que contempla esta ley, cuando hoy en día esta intervención es de carácter obligatorio.
Más allá de los aspectos jurídicos, varias de las organizaciones abocadas a la defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes han dado sobradas razones para demostrar que la baja de la edad de punibilidad y el agravamiento de las penas no tienen resultados positivos ni en la baja del delito de jóvenes ni en la baja de reincidencia. También intervinieron ONG´s como UNICEF, según la cual “la experiencia muestra que un sistema basado en los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, que facilite la reinserción, es mejor para la sociedad porque reduce la reincidencia y la violencia”.
Y agregan en relación al debate de la reforma en Argentina que “una Ley de Justicia Penal Juvenil acorde con los estándares internacionales en materia de protección de derechos humanos debe crear un sistema especializado en el que se apliquen –como regla– medidas no privativas de la libertad y medidas alternativas al proceso judicial, dejando como sanción excepcional (solo en casos de extrema necesidad) la restricción de la libertad personal”.
Hay que tener en cuenta además que, según datos del Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, en 2016 menos del 4% de los delitos investigados por fiscalía involucraron a adolescentes menores de 18 años (3,44%) y que este porcentaje se mantiene estable desde 2009. La incidencia de los y las menores de edad en delitos graves y gravísimos es ínfima.
De ese total, “el 11,63% correspondió a robos agravados (incluido el uso de armas y otros agravantes); el 3,87% a delitos contra la integridad sexual; y el 0,96% a homicidios (más de la mitad en grado de tentativa). El resto de las investigaciones iniciadas (83,54%) se debieron a amenazas, delitos contra la propiedad y lesiones, entre otros”.
A esto hay que sumarle las penas altísimas que contempla el anteproyecto de ley. Los menores que pasarían a ser punibles, de 15 años, pueden ser condenados hasta un máximo de 15 años, es decir, podrían pasar encarcelados el mismo tiempo que ya han vivido. ¿Qué expectativa de vida puede tener un chico que pase la mitad de su vida encerrado, en un Servicio Penitenciario que los sigue vinculando con el ambiente delincuencial o les dificulta una posterior inserción laboral por el estigma carcelario?
El caso de las y los jóvenes de 16 y 17 es aún peor. En el proyecto presentado por el oficialismo, no hay topes para las penas sobre los y las adolescentes de esa franja etaria, no se les puede absolver y no se indica que debe aplicarse la pena más breve, o sea: se podrían aplicar condenas de hasta 50 años.
Si además tenemos en cuenta que el sistema penal es sumamente discriminatorio, selectivo y estigmatizante ya que no persigue a todos por igual, sino a los más pobres; que la pobreza ha crecido en los últimos años hasta el punto que 1 de cada 2 menores de 14 años es pobre; que el mismo gobierno que recorta el presupuesto para niñez, salud y educación, promoviendo la exclusión social de la infancia, es quien impulsa la reforma penal juvenil; y que el proyecto de ley penal juvenil requerirá de enormes inversiones presupuestarias (desviándolas de los presupuestos destinados a garantizar educación, salud y vivienda), el agravamiento de una repuesta penal a un problema de extracción social sería absolutamente desatinado.
El marco legal vigente
“La ley que actualmente regula las conductas disvaliosas o la delincuencia -como se suele decir- de los adolescentes y los jóvenes es una ley de la dictadura militar”. Así lo cuenta Silvia Guemureman, investigadora del CONICET y Directora del Observatorio de Adolescentes y Jóvenes (OAJ). Se trata del Decreto Ley 22.278, un decreto ley del año 1980 “sancionado por la Comisión Asesora Legislativa, porque durante la dictadura no funcionaba el Congreso”. Según Guemureman, “ese decreto ley se hizo cuando se creía que ya lo peor en términos del ‘combate a la subversión’ había pasado.
Antes de eso hubo una ley que habilitaba la pena de muerte de chicos de 14 y 15 años de edad, prueba de eso es la cantidad de chicos adolescentes de secundarios desaparecidos”, señala la socióloga. Este decreto tenía un objetivo muy tutelar por parte de los militares que, como sostiene Guemureman, respondía a toda la clase dominante ya que lo que primaba era “esta idea del menor en situación de riesgo moral o material del cual había que disponer.”
Esta mirada que consideraba al menor, en referencia al mayor, como algo de calidad inferior se mantuvo a lo largo de los años y data desde 1919 (y antes), con la creación de la Ley de Patronato. A finales de la década de los ´80, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CDN), marcando un punto de inflexión en la normativa jurídica de la niñez. Así se dio inicio a un nuevo paradigma de derechos, el de la Doctrina de Protección Integral. La figura del menor fue desplazada de la idea de “objeto de la compasión-comprensión” a la de ser vistos como sujetos plenos de derechos.
En el caso de la Argentina, la modificación de la Ley de Patronato, creada hace 100 años, fue recién en el año 2005, cuando se sancionó la Ley Nacional de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 26.061).
Desde este marco legal, se entiende al sujeto –niño, niña, adolescente– con derechos que deben ser protegidos y promovidos desde el Estado y se reconoce que existen vulneraciones que son sociales y económicas, no atribuibles únicamente a la responsabilidad familiar. Después del 2005 se suponía que la Ley de Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil sería modificada, pero las jugadas legislativas y electorales la usaron como caballito de batalla para su beneficio, “ya sea para el mercado de los réditos electorales como para la criminalización mediática”, afirma Guemureman.
Para la “mano dura” no hay grieta
En lo que respecta a los debates de los últimos 10 años, podemos retrotraernos a 2008 para escuchar al entonces gobernador de la provincia de Buenos Aires y candidato a presidente en 2015, Daniel Scioli, reclamando en una entrevista la baja de edad de punibilidad para delitos graves. Un año después, respaldado por su entonces Ministro de Justicia Ricardo Casal, y ante el asesinato del camionero Daniel Capristo en abril de 2009, cometido por un chico de 14 años, el ex motonauta volvió a reclamar la baja de edad de imputabilidad. A fines de ese mismo año, un proyecto de ley obtuvo media sanción en Senadores pero no logró pasar la votación en la Cámara Baja y perdió el estado parlamentario.
A los dos años se repetía la secuencia con el asesinato de Fabián Esquibel por un muchacho de 15 años. A los reclamos de Scioli y Casal se sumaron el actual presidente Mauricio Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en ese momento, y el ex diputado bonaerense Francisco De Narváez. En 2013 Martín Insaurralde, intendente de Lomas de Zamora y candidato a diputado en ese entonces del Frente para la Victoria (FPV) reavivó el debate y fue ampliamente repudiado, incluso por integrantes de su propio armado electoral como Juliana Di Tullio o Carlos Kunkel. Tres años después, el massismo presentó un proyecto de ley con la misma propuesta. Como bien señala la Directora del OAJ, “los espasmos de la criminalidad mediática a la hora de activar el coro punitivo dentro de las agendas legislativas es una constante que se ha repetido a lo largo de estos años”.
El problema es social, no penal
En la vida de sus protagonistas, el debate sobre el Sistema Penal Juvenil tiene poca incidencia. La situación de la niñez y adolescencia empobrecida de la Argentina atraviesa un contexto de vulneración de derechos muy complejo. El vaciamiento de políticas públicas de educación, salud y bienestar social, como así también la situación económica laboral, afectan directamente la vida de niños, niñas y adolescentes.
A su vez, el avance de redes que integran la economía llamada «ilegal» pero que, en realidad, conservan lógicas de articulación e incidencia estatales sobre los territorios, merece atención. Se trata de redes que, en complicidad y presencia del Estado “ausente”, accionan sobre los cuerpos de los pibes y las pibas como posibles cuerpos de sacrificio para sostener sistemas y entramados de enriquecimiento y poder.
Redes de delincuencia, narcomenudeo y prostitución son algunas de las posibilidades ofrecidas día a día a adolescentes y jóvenes en el escenario de las barriadas populares. Papeles intensos de vida que no son interrumpidos por las lógicas del Sistema Penal Juvenil, y mucho menos por el de Protección y Promoción de Derechos. Libretos que lejos de hacer vivir, sólo dejan morir en cada episodio.
Se sigue insistiendo sobre esta discusión porque tiene que ver con la demanda en términos de la sensibilidad punitiva exacerbada de una gran parte de la población. Para Guemureman, las personas asocian, en base al “sentido común”, el malestar que sienten a diario con el aumento de la inseguridad que, en combinación con la complicidad mediática, se descarga sobre los pibes y las pibas. Efectivamente la inseguridad aumentó, pero no es la inseguridad vinculada al delito, sino la inseguridad social producto del desmantelamiento de los programas y redes de contención social.
Lo que hay que bajar es la desigualdad social, no la edad de punibilidad, ya que es desde ese cotidiano de desamparo que lo único que se alimenta es “la lógica del enemigo; el otro en términos sociales es un otro peligroso, la otredad es peligrosa”, afirma la investigadora del Observatorio de Adolescencia y Juventud Silvia Guemureman. Para ella, “en el mismo momento que mediáticamente se instala eso y se nos vuelve a alimentar los fantasmas respecto a los migrantes que nos sacan el trabajo, que nos sacan las plazas, los hospitales, las vacantes en las escuelas, se nos reinstala el tema del odio hacia el otro. Se pretende que busquemos instancias de acuerdos restaurativos que tienen corto alcance, en términos de una proyección más amplia para resolver problemas sociales”.
¿Hasta cuándo?
Como bien sabemos, las soluciones para este conflicto se inscriben en la responsabilidad y compromiso de las y los dirigentes políticos que año a año manipulan y calculan con su incidencia político mediático. Nuevamente, parecería que no sería el año de su aprobación, Cambiemos no logró la mayoría de los bloques como así tampoco fueron apoyados por las exposiciones de las y los especialistas que mayoritariamente corrieron el eje de la baja de la edad de punibilidad y se centraron en las grietas del Sistema de Protección y Promoción de Derechos y la desactualización del Sistema Penal Juvenil.
La necesidad de un debate profundo sobre la situación integral de la niñez, adolescencia y juventud continúa apareciendo como una urgencia para quienes se ocupan y preocupan por ella. Sin embargo, en lo concreto, podemos ver cómo históricamente esta población poco importa en las legislaciones y discusiones de adultos. Sólo cuando esta problemática logre trasecender los discursos meramente sensibilizadores y se materialice en politicas para la vida digna será posible su debate genuino.
Fotos: Oscar de la Vega, Marcha Noticias

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